LA GRACIA DEL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO


El sacramento del matrimonio, además de producir el vínculo, como vimos, produce la gracia de Dios en aquellos que lo reciben dignamente.

Esta afirmación fue definida solemnemente en el Concilio de Trento sin aclarar más.
Sin embargo es enseñanza común de la Iglesia y de la teología, afirmar que la gracia conferida consiste en un aumento de la gracia santificante o habitual, y también una gracia específica del
mismo matrimonio.

La Iglesia lo dijo en el año '30: «Porque este sacramento, en aquéllos que no ponen lo que se suele llamar óbice, no sólo aumenta la gracia santificante, principio permanente de la vida sobrenatural, sino que añade peculiares dones, disposiciones y gérmenes de gracia, elevando y perfeccionando las fuerzas de la naturaleza, de suerte tal, que los cónyuges puedan no solamente entender bien, sino íntimamente saborear, retener con firmeza, querer con eficacia y llevar a la práctica todo cuanto pertenece al matrimonio y a sus fines y deberes; y para ello les concede, además, el derecho al auxilio actual de la gracia, siempre que la necesiten, para cumplir con las obligaciones de su estado».

Por tanto, repitiendo lo dicho, la acción de la gracia en el sacramento del matrimonio es el siguiente:

*Aumento de la gracia santificante. En primer lugar, el sacramento del matrimonio comporta un aumento de la gracia santificante y del cortejo de dones y virtudes que la acompañan. Es un efecto común a todos los sacramentos.

Siempre que se reciben con las disposiciones y condiciones requeridas, los sacramentos causan la gracia aumentándola.

*La gracia sacramental propia. Como sacramento el matrimonio produce una gracia propia. Y como la gracia de los sacramentos es siempre inserción y participación en el misterio de amor de Cristo y de la Iglesia, la gracia sacramental del matrimonio ha de consistir en una peculiar inserción y participación en ese misterio de amor.

El Concilio de Trento habla de la gracia del sacramento del matrimonio diciendo que está ordenada a perfeccionar el amor natural de los cónyuges, confirmar su indisoluble unidad y a santificarlos. Algo en lo que, casi con las mismas palabras, insiste el Catecismo de la Iglesia Católica.

Por otra parte, habla de que «el amor humano es asumido en el amor divino», a fin de poner el acento en el misterio de Cristo salvador, en la acción de Cristo en la santificación de los esposos.

Se trata, por tanto, de una gracia que, siendo una participación e incorporación de los dos, como esposos -como «unidad de dos»-, en la alianza de amor entre Cristo y la Iglesia, tiene como finalidad hacerles capaces de vivir su unión según el modelo de la unión de Cristo con la Iglesia.

-Los autores, sin embargo, no concuerdan en la manera de explicar la naturaleza de esta gracia sacramental propia del matrimonio en relación con la gracia santificante.

Con la enseñanza más común en teología, se puede decir que la gracia sacramental es una cualidad estable de la gracia santificante, orientada hacia el sentido y finalidad del matrimonio. Es, por tanto, una realidad sobrenatural y permanente, es decir, estable que comporta el «derecho» a los auxilios sobrenaturales necesarios para vivir la finalidad del sacramento del matrimonio.
El «derecho» es estable o permanente, si bien los auxilios se concederán cuando sean necesarios.

Ahora, si afinamos un poco más, propiamente el sacramento no es instrumento, sino acción -gestos, palabras- del ministro que lo realiza, que sí es instrumento. Entonces el ministro es el instrumento de la acción de Cristo. También lo es el sujeto pasivo o receptor del sacramento, en la medida en que su acción contribuye a la acción sacramental.

En el matrimonio, el varón y la mujer son a la vez ministros y sujetos pasivos o receptores del sacramento. 
La acción propia del instrumento, del ministro, es el uso de unos elementos y otros gestos humanos junto a determinadas palabras. Esta acción alcanza al cuerpo como es obvio, y por medio de él, llega al alma, que percibe como gestos de salvación. 

La acción instrumental del sacramento, que trasciende su eficacia natural, es la de infundir la gracia en el alma. Esta acción sólo corresponde a Dios, hacedor de la gracia y el único capaz de llegar hasta lo profundo del alma. Como todo instrumento, el sacramento por su propia acción corporal ejercita la acción instrumental sobre el alma.

El peligro estaría en centrar toda la atención, sólo en la acción sacramental… Es mucho más que eso. Hay una acción voluntaria por parte del ministro con la intención de actuar sobre el sujeto que recibe el sacramento. La acción voluntaria del ministro impera los actos externos sacramentales -gestos y palabras-, y estos, se integran al sacramento, no por ellos mismos en cuanto signos, sino porque provienen de una precisa voluntad sacramental del ministro.

-En el matrimonio de los cristianos se da una presencia real -no sólo simbólica- de la unión de Cristo con la Iglesia, que es la fuente de las gracias que Dios comunica a los hombres (todo sacramento es participación del amor de Cristo por la Iglesia).

Pero como, en el matrimonio, esa unión de Cristo con la Iglesia se realiza a través del vínculo conyugal, éste viene a ser el cauce por el que se les confiere la gracia sacramental. El sacramento del matrimonio da la gracia, porque hace presente el misterio del amor de Cristo por la Iglesia; y la da por medio del vínculo conyugal, porque a través de ese vínculo se hace presente el misterio del amor de Cristo por la Iglesia.

-El matrimonio es un «sacramento de vivos». Por eso, para recibir la gracia los esposos han de celebrar su matrimonio con las disposiciones debidas: en este caso, sin conciencia de pecado mortal. Por otro lado, según la doctrina común, si en el momento de la celebración no se dan las debidas disposiciones para recibir la gracia, ésta se recibe después, con el sacramento de la confesión.

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