LA UNIDAD EN LA TRADICIÓN DE LA IGLESIA


De manera constante, la doctrina y la reflexión cristianas han proclamado la unidad del matrimonio.
Así ha sido siempre la doctrina de los Padres, del Magisterio, y también de la teología.

a) Los padres de la Iglesia.

Los Santos Padres, las voces más autorizadas de la Tradición, son unánimes en afirmar que la unidad es una propiedad del matrimonio, por lo menos tal como ha sido restaurado por Cristo. Apoyan esta afirmación fundamentalmente en la Sagrada Escritura de manera particular en Gen 2, 24 y en los textos citados en el apartado anterior.

De todos modos, posiblemente porque en aquella época la poligamia estaba prohibida hasta por la ley civil, son escasos los testimonios de los Padres sobre la unidad del matrimonio.

Se suele citar como más representativos sobre la doctrina patrística sobre la unidad del matrimonio a San Justino, Clemente de Alejandría; Tertuliano; San Jerónimo; San Agustín.

Y como argumentos más usados son: a) que la unidad está exigida por el designio de Dios desde el principio (Tertuliano; San Jerónimo); b) ha sido ratificada por el Señor (Clemente de Alejandría); c) y así lo exige el matrimonio como símbolo de la unión de Cristo con la Iglesia (San Agustín).

«¡Qué vinculación la de dos fieles [el hombre y la mujer casados] que tienen la misma esperanza, el mismo deseo, la misma disciplina, el mismo Señor! Dos hermanos, comprometidos en el mismo servicio: no hay división de espíritu ni de carne. Donde hay una sola carne, allí hay un solo espíritu. Juntos oran, juntos se acuestan, juntos cumplen la ley del ayuno. Unos a otro se enseñan, unos a otro se exhortan, unos a otro se soportan. Juntos están en la Iglesia de Dios, juntos toman parte en el banquete de Dios, juntos pasan las angustias, las persecuciones, las alegrías. No se ocultan nada el uno al otro, todo es compartido, sin que sea carga el uno para el otro».

De tal manera los Padres proclaman la unidad del matrimonio cristiano; incluso algunos llegan a desaconsejar las segundas nupcias. (En ocasiones, sin embargo, no es del todo clara la motivación de este consejo: parece deberse a una sobrevaloración de la virginidad respecto del matrimonio).
A pesar de ello, ninguno declara inválidos e ilícitos los segundos y posteriores matrimonios. Se apoyan para ello en la enseñanza de la Escritura. 
Esta es la doctrina que sostienen los Padres contra los herejes.

En Occidente, tan sólo Tertuliano es una excepción: considera las segundas nupcias como absolutamente reprobables. 
En Oriente se muestran más contrarios a un segundo casamiento. Aunque no lo rechazan y nunca lo consideran como inválido, sostienen, por lo general, que esas segundas nupcias obedecen a tendencias de la carne que deben ser reprobadas por un cristiano.

b) El Magisterio de la Iglesia

El Magisterio de la Iglesia es también constante en proclamar la doctrina de la unidad del matrimonio. (Si bien, por lo general, la cuestión no se considera en sí misma, sino en relación con el adulterio y el divorcio).

Con anterioridad al Concilio de Trento son significativas las intervenciones de Nicolás I (866), Inocencio III (1201) y el Concilio II de Lyon (1274).

Como escriben Auer-Ratzinger, «por lo menos desde los tiempos de Nicolás I (866), a la pregunta de si la monogamia pertenecía a la "naturaleza del matrimonio" se respondía y enseñaba en sentido afirmativo, sobre todo en relación con las palabras de Cristo acerca de la indisolubilidad del matrimonio en Mt 19, 3-9, que invocan el texto de Gen 2, 24».

Aunque la poligamia no se opone directamente a la generación de la prole, sí va contra la mutua ayuda y atenta de modo especial a la dignidad de la mujer.

En el siglo XVI, contra la tesis protestante, que defendía la poligamia basándose en lo que había sido practicada en el Antiguo Testamento, el Concilio de Trento (1563) define de manera solemne que la doctrina de la unidad del matrimonio pertenece a la fe de la Iglesia: «Si alguno dijere que es lícito a los cristianos tener a la vez varias mujeres y que no está prohibido por ninguna ley divina [Mt 19, 4-9], sea anatema».

La misma doctrina se expone en el preámbulo que precede a esta definición de fe: «Que con este vínculo sólo dos se unen y se juntan, lo enseñó más abiertamente Cristo Señor, cuando refiriendo, como pronunciadas por Dios, las últimas palabras ["Por lo cual abandonará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer y serán los dos una sola carne" [Gen 2, 23 ss.; cf. Ef 5, 31], dijo: "Así, pues, ya no son dos sino una sola carne [Mt 19, 6] e inmediatamente la firmeza de este lazo, con tanta anterioridad proclamada por Adán, la confirmo Él con estas palabras: "Así, pues, lo que Dios unió el hombre no lo separe" [Mt 19, 6; Mc 19, 9]».

Son varias cosas las que se afirman en el texto conciliar: a) está prohibido a los cristianos tener a la vez varias mujeres, es decir, el matrimonio es monogámico; b) esta prohibición se debe a una ley divina; c) esta enseñanza está revelada, al menos implícitamente, en la Sagrada Escritura.

Desde esa época el Magisterio se limita, en líneas generales, a repetir la doctrina de Trento. Tan sólo varían los acentos que se van poniendo -según los contextos- en los diversos aspectos implicados en la unidad como propiedad del matrimonio.

A partir de la Encíclica Casti connubii (1930) de Pío XI, el Magisterio adopta cada vez más una línea de exposición en la que la consideración de la unidad se desplaza desde la unión matrimonial al amor conyugal. Casti connubii insiste sobre todo en que la unidad es una propiedad del matrimonio exigida por la fidelidad y santidad de la unión matrimonial.

La Constitución pastoral Gaudium et spes (1965) del Concilio Vaticano II aborda el tema desde el amor conyugal: la unidad del matrimonio es reclamada por la naturaleza del amor conyugal, la dignidad personal de los esposos y el bien de los hijos (GS 48).

Por su parte, la Instrucción Donum vitae (1987) de la Congregación de la Fe dice que esa unidad está pedida por el bien y derecho de los hijos en cuanto personas, la fidelidad de los esposos y la naturaleza de la paternidad y maternidad.

El Catecismo de la Iglesia Católica recoge la exposición de Gaudium et spes (CEC 1644-1645).


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